Matrimonio
El matrimonio es la unión legítima de dos personas en las condiciones previstas por la ley,
esta unión es consagrada por una declaración solemne recibida por un Oficial del Registro
civil. Para contraer matrimonio en Haití, de acuerdo con el artículo 133 del Código Civil, se
estipula que el hombre debe tener dieciocho (18) años cumplidos y la mujer quince (15)
años. Para que haya un matrimonio entre los dos futuros cónyuges, la ley exige el
consentimiento libre e informado de dos personas interesadas.
La ley exige un plazo para la publicación de matrimonio
La voluntad de comprometerse en la vida común debe ser manifiesta, libre de cualquier
restricción física u otra. El hecho de que una persona contraiga matrimonio constituye un
acto demasiado importante como para mantenerlo secreto y la ley exige que se notifique al
público. Por lo tanto, a excepción de una dispensa expresa del Cónsul, que desempeña el
cargo de Oficial del Registro Civil (Artículo 63 del Código Civil), el anuncio del
matrimonio debe ser publicado previamente en los locales de la Embajada para todos los
fines.
Para inscribir su matrimonio, deberá proporcionar a la Oficina Consular de la Embajada los siguientes documentos:
- Copia del pasaporte del prometido.
- Copia del certificado de nacimiento o extracto de los archivos nacionales de los novios.
- Recibo del depósito bancario.
Recordatorio:
- Todos los pagos se hacen en el Banco de Chile, número de cuenta bancaria: 5-362-026-58-05, a nombre de la Embajada de Haití.
Recepción de solicitudes: viernes de 14:00 a 16:00
Celebración de bodas: viernes de 09:00 a 13:00
La tarifa vigentes es de setenta dólares americanos ($ 70.00 USD)
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Recordatorio:
- Todos los pagos se hacen en el Banco de Chile, número de cuenta bancaria: 5-362-026-58-05, a nombre de la Embajada de Haití.
Recepción de solicitudes: viernes de 14:00 a 16:00
*solo con cita previa
Celebración de bodas: viernes de 09:00 a 13:00
La tarifa vigentes es de setenta dólares americanos ($ 70.00 USD)
Para inscribir su matrimonio, deberá proporcionar a la Oficina Consular de la Embajada los siguientes documentos:
- Copia del pasaporte del prometido.
- Copia del certificado de nacimiento o extracto de los archivos nacionales de los novios.
- Recibo del depósito bancario.